Línea ICO-Pyme 2009

Línea ICO-Pyme 2009

Línea ICO-Pyme 2009

  Con la Línea ICO PYME 2009 , el Instituto de Crédito Oficial apoya y financia, en condiciones preferentes, el desarrollo de proyectos de inversión de los autónomos y las pequeñas y medianas empresas españolas.

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El pasado 7 de enero echó a andar la Línea ICO-PYME 2009 . Una línea que este año incorpora bastantes novedades con el fin de adaptarla a las necesidades de los trabajadores autónomos y de las pequeñas y medianas empresas.

  Al incremento hasta 10.000 millones de euros de la dotación presupuestaria se añade la posibilidad, por primera vez y con carácter excepcional, de destinar parte del crédito a la financiación de necesidades complementarias de las empresas . Se podrá destinar como máximo hasta el 40% del importe del crédito obtenido a necesidades corporativas de la empresa, si bien esta financiación está supeditada a la inversión en activos fijos productivos de, al menos, el 60% del importe total de la financiación.

  Otra de las novedades más importantes de la Línea ICO-PYME 2009 es la posibilidad de financiar el 100% del proyecto , eliminándose las limitaciones por grupos contables para las inversiones en activos productivos.

  Con cargo a esta línea se pueden obtener préstamos de hasta 1,5 millones de euros, a 3, 5, 7 y 10 años. Para los préstamos destinados a financiar inversiones en activos productivos, el tipo de interés puede ser fijo o variable, Referencia ICO + 0,95%, si los proyectos cuentan con aval de una Sociedad de Garantía Recíproca (SGR), o Referencia ICO + 1,20% para los proyectos que no cuenten con el aval de una SGR.

  Para la financiación complementaria, el tipo de interés también puede ser fijo o variable, Referencia ICO + 1,24%, para los proyectos avalados por unaSGR o Referencia ICO + 1,49% para los proyectos que no cuenten con el aval de una SGR.

  Como en todas las líneas de financiación del ICO, los préstamos no tienen ningún tipo de comisión y se tramita en la práctica totalidad de las Entidades de Crédito con las que el Instituto suscribe los correspondientes acuerdos (Ver lista). No obstante es importante recordar que son las propias entidades las que analizan la operación, determinan las garantías que el cliente debe aportar y, en último término, deciden sobre la concesión del préstamo.

Tipos de interés. Tramo I

Tipos de interés. Tramo II

Que es el ICO:

  El Instituto de Crédito Oficial es una entidad pública empresarial, adscrita al Ministerio de Economía y Hacienda a través de la Secretaría de Estado de Economía que tiene consideración de Agencia Financiera del Estado.

  El ICO trabaja por el crecimiento y la mejora de la distribución de la riqueza nacional y fomenta aquellas actividades económicas que por su trascendencia social, cultural, innovadora o ecológica merezcan una atención preferente. Porque el ICO apoya los proyectos de inversión de las empresas españolas, para que sean más competitivas y contribuyan al progreso económico de nuestro país.

  La financiación del ICO se dirige a impulsar sectores como la industria cinematográfica, el transporte, favorecer los proyectos de innovación tecnológica, las energías renovables y potenciar la presencia de nuestras empresas en el exterior.

Vigencia:
 
  Hasta el 21 de diciembre de 2009 o hasta el consumo de los fondos disponibles, si ése fuese anterior a la fecha indicada.

Tramitación:

  Directamente en las oficinas de los principales Bancos, Cajas de Ahorros y Cajas Rurales establecidos en España. Las solicitudes son estudiadas, aprobadas y formalizadas por bancos y cajas en las condiciones indicadas.

Listado de Entidades donde se pueden solicitar los créditos.

DESCARGAR: Formulario de solicitud.

Documentación y garantías de la operación:

  El empresario presentará la documentación que cada Entidad de Crédito considere necesaria para estudiar la operación. La Entidad de Crédito analiza la solicitud de la operación y, en función de la solvencia del solicitante y de la viabilidad del proyecto de inversión, determina las garantías a aportar, que pueden ser por ejemplo: hipotecarias, personales, avales mancomunados o solidarios, Sociedades de Garantía Recíproca, etc.