Presentación "Programa Andaluz en Defensa de la Vivienda"

vivienda.jpg

Presentación "Programa Andaluz en Defensa de la Vivienda"

28/04/2015

 "Programa Andaluz en Defensa de la Vivienda".

Tras la firma del Convenio entre el Ayuntamiento de Lantejuela y la Consejería de Fomento y Vivienda, se ha puesto en marcha desde el Ayuntamiento, un plan especial para ayudar a todos nuestros vecinos, que debido a la crisis económica que estamos soportanto, en buscar una solución a aquellos que no pueden hacer frente al pago de su hipoteca o no van a poder realizarlo en un futuro.

Es por ello, que el Ayuntamiento de Lantejuela, ha puesto a disposición de todos los vecinos, una persona encargada especialmente en asesorar y tramitar los expedientes para buscar una solución acorde al problema que les acarrea el pago de su hipoteca.

Toda persona que tenga una hipoteca, sería aconsejable que se revisara, para poder ver si se le están aplicando clausulas abusivas.

 

Prevención

El Programa ofrece información y asesoramiento a los ciudadanos que se encuentren en la situación previa a la contratación de una hipoteca. Esta labor se desarrollará en colaboración con los Servicios de Consumo de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales. También contará con el apoyo de organizaciones de consumidores y usuarios y, previa suscripción del convenio correspondiente, con el de las Oficinas Municipales de Información al Consumidor.


##A## Intermediación

A partir delprincipio jurídico pro consumidor, la Consejería de Fomento y Vivienda intermedia con las entidades financieras en defensa de los ciudadanos que sufran endeudamiento sobrevenido a partir de la pédida de su empleo, asesorándolos para garantizar las mejores condiciones posibles para la negociación o liquidación de la deuda contraída.

Para evaluar la situación del préstamo hipotecario, la capacidad de pago y, en su caso, poder formular una propuesta a la entidad financiera, es fundamental aportar en la oficina correspondiente la siguiente documentación:

  1. DNI o NIE de los titulares.
  2. Escritura de compra.
  3. Escritura del préstamo.
  4. Documento de la entidad financiera sobre el estado del préstamo actualizado (en el último recibo de la cuota del banco aparecen las cuotas pendientes, el capital inicial, el capital pendiente, los plazos del préstamo, el tipo de interés actual, el importe de las cuotas).
  5. Certificado de empadronamiento.
  6. Certificado de ingresos actuales, declaración jurada de los ingresos o declaración de la renta de todos los miembros de la unidad familiar  y de los titulares del préstamo.
  7. En su caso, notificaciones del juzgado recibidas.
  8. Certificado de otrasdeudas. 


##A## Protección

Este servicio se dirige a las personas o familias a las que la pérdida de su domicilio habitual, como consecuencia de una ejecución hipotecaria o por morosidad del pago del alquiler con causas objetivas y justificadas, sitúe en grave riesgo de exclusión social, entendiéndose por ello, en sus diversos grados y situaciones, la ausencia o insuficiencia de los recursos y medios económicos necesarios para el desarrollo de un proyecto de vida normalizado, que le imposibilita o limita el ejercicio de los derechos sociales.

Los requisitos exigidos a los demandantes de esta línea del Programa son:

  1. Ser mayor de edad el solicitante del servicio de protección.
  2. Carecer la unidad perceptora de recursos económicos suficientes para hacer frente a las necesidades básicas, entre ellas la vivienda.
  3. En el caso de tratarse de personas sin empleo que estén en edad laboral, estar inscritos como demandantes de empleo, con la excepción de las personas perceptoras de pensiones públicas por invalidez y de aquellas que no puedan tener la condición de demandantes de empleo en virtud de las normas reguladoras de los Servicios Públicos de Empleo.
  4. Ninguno de los miembros de la unidad perceptora podrá poseer ninguna otra vivienda en propiedad, tener el derecho real de uso y disfrute de otra vivienda o cualquier otro régimen que le permita hacer efectivo su derecho a la vivienda.
  5. Las personas solicitantes deberán estar empadronadas en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  6. Informe de los servicios sociales acreditativo de la concurrencia de excepcionales circunstancias de exclusión social.

La aplicación concreta de estos criterios se realizará en atención a la evaluación social de cada caso a cargo de los prestadores del servicio.

El Programa prestará especial atención a las personas pertenecientes a alguno de los grupos de especial protección definidos por el plan autonómico vigente en materia de vivienda (##A## Plan Concertado de Vivienda y Suelo 2008-2012 ).

 

MÁSINFORMACIÓN. 

SEBASTIÁN LÓPEZ

(CASA DE LA JUVENTUD)

C/ JOSÉ ÁLVAREZ QUIRÓS, S/N

TLF 600449862

MAIL: lantejuelajoven@hotmail.com

HORARIO:

LUNES, MARTES, JUEVES Y VIERNES DE 7.45 A 15.15 HORAS.

MIÉRCOLES DE 14.30 A 22 HORAS.

 

 

CIMG2953 CIMG2957

 

 

  •