Programa para autonomos

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Programa para autonomos

PROGRAMA DE INCENTIVOS PARA LA CREACIÓN DE INICIATIVAS EMPRENDEDORAS DEL TRABAJO AUTÓNOMO

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Personas físicas que realicen o vayan a realizar por cuenta propia (fuera del ámbito de organización y dirección de otra persona) una actividad económica o profesional.

En la primera convocatoria del 2009, se considerará también proyecto de creación los presentados por autónomos que hayan iniciado su actividad a lo largo del ejercicio 2008 y 2009, hasta la fecha de apertura de la convocatoria.

Nota: No podrán beneficiarse de esta ayuda,

  • quienes hayan causado baja en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA) o equivalente en los doce meses previos a la presentación de la solicitud del incentivo, salvo que la iniciativa emprendedora que presenten sea para una actividad diferente a la desarrollada anteriormente.
  • quienes hayan sido beneficiarios del Ticket del Autónomo para el inicio de actividad.

 

CATEGORÍAS DE LOS PROYECTOS E INTENSIDAD DE LOS INCENTIVOS

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Categoría del proyecto
Intensidad e importe máx.
Subcategoría del proyecto
% adicional sobre base incentivable
% e importe máx. total del incentivo
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Tramo fijo de 3.000 € para gastos de inicio de actividad

a) Actividades económicas ligadas a los sectores estratégicos preferentes. 1

 


b) Servicios profesionales avanzados de innovación y tecnológicos ligados a consultoría estratégica y de innovación. 2


55% de la inversión y/o gastos.



 

Hasta 8.000 €

  • Contratar por cuenta ajena a, al menos, un demandante de empleo registrado en el SAE.
  • Haber sido despedido en los tres últimos años o tener la consideración de desempleado de larga duración.
  • Mujeres y/o jóvenes menores de 35 años.
  • Pertenecer a una zona ATIPE.
     
10%



10%




5%

5%

Incentivo directo 75%


Hasta 14.000 € + bonificación de intereses hasta 3.000 €

c) Actividades económicas tradicionales y que cumplan al menos uno de los siguientes requisitos :

-Haber sido despedido/a en los tres últimos años o tener la consideración de desempleado de larga duración.
-Personas beneficiarias de prestación por desempleo en su modalidad de pago único.
-Personas provenientes de programas de FP y/o Itinerarios de Inserción Profesional.
-Contratar por cuenta ajena a, al menos, un demandante de empleo registrado en el SAE, por un período mínimo de 6 meses.
-Actividades con carácter diferenciador o singular en su ámbito de actuación.



 

55% de la inversión y/o gastos.

 

 



 


Hasta 4.000 €




-Pertenecer a grupos en riesgo de exclusión social.



- Mujeres y/o jóvenes menores de 35 años.



- Pertenecer a una zona ATIPE.

 



10%




5%




5%
 

Incentivo directo 65%



 

 

Hasta 10.000 € + bonificación de intereses hasta 3.000 €



 

MODALIDADES DE INCENTIVOS Y CONCEPTOS SUBVENCIONABLES

1.- Bonificación de tipos de interés

El importe máximo de la bonificación del préstamo concedido será de 3.000 euros y se calculará de la siguiente forma:

  1. En el caso de inversiones en activos fijos el nominal del préstamo tendrá un importe máximo del 75% de dicha inversión calculándose a un plazo máximo de amortización de 10 años y 2 de carencia.
  2. En el caso inversiones en circulante el préstamo tendrá un importe máximo de 15.000 euros calculándose a un plazo máximo de amortización de 3 años y 6 meses de carencia.

Nota: ambos importes son acumulables hasta alcanzar el límite máximo establecido.

2.- Incentivos directos para los siguientes conceptos:

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  • Bienes de equipo.
  • Equipos informáticos o de infraestructura de TIC.
  • Adquisición y tratamiento de software.
  • Inversiones en activos fijos inmateriales (patentes, licencias de explotación o de conocimientos técnicos patentados y conocimientos técnicos no patentados).
  • Otras inversiones en activos fijos materiales.
  • Gastos generados por el inicio de actividad incluyendo las cuotas satisfechas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (sólo de los seis primeros meses desde el inicio de la actividad).
  • Gastos de alquiler de instalaciones y equipos de producción (sólo de los seis primeros meses desde el inicio de la actividad)
  • Energía, agua, calefacción y gastos administrativos.
  • Servicios externos iniciales de alojamiento de plataformas web. Servicios que permitan a las entidades disponer de un sistema por el que los usuarios de internet puedan acceder a información, imágenes, vídeo, o cualquier contenido vía web.
  • Registros de dominios
  • Asesoramiento externo para el diseño de productos, envases y embalajes, maquetas, prototipos y modelos que no puedan ser considerados de I+D+I.
  • Asesoramiento externo para definir la estrategia de comunicación e imagen de la empresa.
  • Servicios externos para la implantación y/o certificación de sistemas de gestión.
  • Servicios externos para la integración de los sistemas de información internos que soportan procesos de negocio tradicionales, con los sistemas que relacionan a las entidades con su entorno exterior, clientes, proveedores y empleados.
  • Servicios externos para la realización de diagnósticos, estudios y análisis previos, para la mejora sustancial en materia de reingeniería de procesos, incorporación de nuevas tecnologías y/o ayudas para mejorar el proceso de tomas de decisiones.
  • Gastos de registro de patentes y marcas comerciales destinadas a la promoción comercial.
  • Gastos externos de realización de material de promoción, confección y edición de catálogos…etc
  • Servicios externos de capacitación específica en sistemas y herramientas de TIC implantadas en la empresa.


 

Nota: para la puntación de los proyectos se tendrán en cuenta criterios fijos y variables de evaluación ( Anexo II de la Orden ), siendo esta ayuda incompatible con el Programa de Incentivos para el Fomento de la Innovación y el Desarrollo Empresarial en Andalucía .

PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS AYUDAS

Enlace a la solicitud telemática . Convocatorias 2009:
Primera: del 4 de abril al 18 de mayo de 2009
Segunda: del 10 al 30 de julio.
Tercera: del 10 al 30 de octubre de 2009

ORGANISMO RESPONSABLE Y TEXTO LEGAL

Consejería Innovación, Ciencia y Empresa.
Fundación Red Andalucía Emprende (Marchena).
Orden de 25 de marzo de 2009 (BOJA 65 de 3 de abril de 2009)

 

 

PROGRAMA DE INCENTIVOS PARA LA CONSOLIDACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE INICIATIVAS EMPRENDEDORAS DEL TRABAJO AUTÓNOMO

¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?

Los trabajadores autónomos que vengan desarrollando una actividad económica por cuenta propia durante más de un año y presenten un proyecto de consolidación y modernización de la misma, incorporando mejoras sustanciales en sus productos, procesos, servicios, organización o modelo de negocio.

Tendrán preferencia los proyectos que correspondan a conjuntos de autónomos para mejoras de infraestructuras comunes, tecnología, diseño, u otras áreas de desarrollo.

Nota: No podrán beneficiarse de esta ayuda quienes hayan causado baja en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA) o equivalente en los doce meses previos a la presentación de la solicitud del incentivo.

CATEGORÍAS DE LOS PROYECTOS E INTENSIDAD DE LOS INCENTIVOS

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Categoría del proyecto
Intensidad e importe máx.
Subcategoría del proyecto
% adicional sobre base incentivable
% e importe máx. total del incentivo
----- ----- -----

a) Actividades económicas ligadas a los sectores estratégicos preferentes. 1

b) Servicios profesionales avanzados de innovación y tecnológicos ligados a consultoría estratégica y de innovación. 2


45% de la inversión y/o gastos.

Hasta 8.000 €

  • Contratar por cuenta ajena a, al menos, un demandante de empleo registrado en el SAE
  • Mujeres y/o jóvenes menores de 35 años
  • Pertenecer a una zona ATIPE.
     
10%



5%

5%

Incentivo directo 60%


Hasta 10.000 € + bonificación de intereses hasta 3.000 €

c) Actividades económicas no incluidas
en las anteriores categorías y que cumplan al menos uno de los siguientes requisitos :

-Contratar por cuenta ajena a, al menos, un demandante de empleo registrado en el SAE, al menos durante 1 año.

-Actividades que tengan un carácter diferenciador o singular en su ámbito de actuación.

-Proyectos que generen valor añadido o componentes de innovación en actividades tradicionales.



 

45% de la inversión y/o gastos.

 

 



 


Hasta 6.000 €




-Pertenecer a grupos en riesgo de exclusión social.



- Mujeres y/o jóvenes menores de 35 años.



- Pertenecer a una zona ATIPE.

 



10%




5%




5%
 

Incentivo directo 60%



 

 

Hasta 8.000 € + bonificación de intereses hasta 3.000 €



 

MODALIDADES DE INCENTIVOS Y CONCEPTOS SUBVENCIONABLES

1.- Bonificación de tipos de interés

El importe máximo de la bonificación del préstamo concedido será de 3.000 euros y se calculará de la siguiente forma:

  1. En el caso de inversiones en activos fijos el nominal del préstamo tendrá un importe máximo del 75% de dicha inversión calculándose a un plazo máximo de amortización de 10 años y 2 de carencia.
  2. En el caso inversiones en circulante el préstamo tendrá un importe máximo de 15.000 euros calculándose a un plazo máximo de amortización de 3 años y 6 meses de carencia.

Nota: ambos importes son acumulables hasta alcanzar el límite máximo establecido.

2.- Incentivos directos para los siguientes conceptos:

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  • Inversiones en activos fijos inmateriales (patentes, licencias de explotación o de conocimientos técnicos patentados y conocimientos técnicos no patentados).
  • Otras inversiones en activos fijos materiales.
  • Gastos generados por el inicio de actividad incluyendo las cuotas satisfechas al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (sólo de los seis primeros meses desde el inicio de la actividad).
  • Gastos de alquiler de instalaciones y equipos de producción (sólo de los seis primeros meses desde el inicio de la actividad).
  • Energía, agua, calefacción y gastos administrativos.
  • Servicios externos iniciales de alojamiento de plataformas web. Servicios que permitan a las entidades disponer de un sistema por el que los usuarios de internet puedan acceder a información, imágenes, vídeo, o cualquier contenido vía web.
  • Servicios externos de capacitación específica en sistemas y herramientas de TIC implantadas en la empresa.
  • Registros de dominios.
  • Asesoramiento externo para el diseño de productos, envases y embalajes, maquetas, prototipos y modelos que no puedan ser considerados de I+D+I.
  • Asesoramiento externo para la definición de la estrategia de comunicación y de imagen de la empresa.
  • Servicios externos para la implantación y/o certificación de sistemas de gestión.
  • Servicios externos para la integración de los sistemas de información internos que soportan procesos de negocio tradicionales, con los sistemas que relacionan a las entidades con su entorno exterior, clientes, proveedores y empleados.
  • Servicios externos para la realización de diagnósticos, estudios y análisis previos, para la mejora sustancial en materia de reingeniería de procesos, incorporación de nuevas tecnologías y/o ayudas para mejorar el proceso de tomas de decisiones.
  • Gastos de registro de patentes y marcas comerciales destinadas a la promoción comercial.
  • Gastos externos de realización de material de promoción, confección y edición de catálogos, folletos, cartelería, etc


 

Nota: para la puntación de los proyectos se tendrán en cuenta criterios fijos y variables de evaluación ( Anexo II de la Orden ), siendo esta ayuda incompatible con el Programa de Incentivos para el Fomento de la Innovación y el Desarrollo Empresarial en Andalucía .

PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS AYUDAS

Enlace a la solicitud telemática . Convocatorias 2009:
Primera: del 4 de abril al 18 de mayo de 2009
Segunda: del 10 al 30 de julio.
Tercera: del 10 al 30 de octubre de 2009

ORGANISMO RESPONSABLE Y TEXTO LEGAL

Consejería Innovación, Ciencia y Empresa.
Fundación Red Andalucía Emprende (Marchena)
Orden de 25 de marzo de 2009 (BOJA 65 de 3 de abril de 2009)

 

Bases reguladoras en pdf

 

 

 

Para más información:

  Agencia Desarrollo Local

Ayuntamiento de Lantejuela

P.I La Fuentecilla

c/ 1 deMayo 22-A

954.82.70.74