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Escudo
Escudo partido
- El primer cuartel de sinople, una 'lentejuela' de oro.
- El segundo cuartel de plata, una 'perdiz' contornada en su color, en aptitud sedente.
Al timbre
- Posee 'Corona real moderna' cerrada, de grana y oro, con sus correspondientes meridianos, su
globo y su cruz.
Historia
En 1984 el Ayuntamiento de Lantejuela, encargo un estudio a D. Joaquín González Moreno,
doctor en Historia, para que redactase una Memoria Histórica y organizase las Armas del escudo de
nuestra población.
Según el diccionario de la Real Academia de la Lengua, se puede definir Lantejuela o
Lentejuela, como "planchita redonda de plata, u otra materia, de que se usa en los bordados,
asegurándola en la ropa con puntadas que pasan por un agujerito que tiene en medio". (1) En el
diccionario ideológico de la lengua española, su autor Julio Casares afirma que lentejuela o
lantejuela es diminutivo de lenteja, que se representa gráficamente por "una laminilla o disco
pequeño de metal brillante, agujereado, que sirve para bordar, asegurándolo en la ropa con
puntadas". (2)
Esta afirmación lingüística está directamente relacionada con el nombre de la población así
llamada. Hay documentos que prueban que, en las inmediaciones del actual pueblo de Lantejuela, "en
fecha no precisa, se encontraron varias lentejas de oro, enterradas bajo el suelo, y sacadas con la
punta de un arado, y de aquí tomo titulo aquella dehesa o donadío". (3)
El hecho que relatamos no es un caso excepcional. El descubrimiento en el campo, durante la
reconquista de Andalucía o al comienzo de la Edad Moderna, de insólitas piezas, cuyo hallazgo no
era frecuente, dio motivo a que determinadas fincas rústicas, e incluso las poblaciones que sobre
ellas se alzaron, tomasen por denominativos estos curiosos, vocablos con entera independencia de
sus antiguos topónimos. Un claro exponente de ello lo encontramos en aldeas, villas y pueblos que
perdieron su original denominación romana o musulmana, por el causal hallazgo de imágenes
religiosas, tallas arqueológicas, instrumentos, vestimentas o armas.
El Señorío
D. Pedro Girón II nació en 1423 en Belmonte y murió en Villarubia de los Ojos de 1466. De
1445 a 1466 fue Maestre de la Orden de Calatrava. En 1461 fue nombrado capitán general de la
frontera de Andalucía, después de haber tomado parte principal en las tres entradas de las huestes
cristianas en territorio musulmán en 1455, 1456 y 1457. En este último año, concluyó aquella guerra
y con sólo sus gentes, Don Pedro puso sitio a Archidona, plaza importante, defendida por triple
muralla. Dos meses duró su cerco, hasta que fueron derrotadas las fuerzas musulmanas.
Herido Girón en la cabeza, envió al Papa Calixto III como regalo la toca que le había
cubierto. Su Santidad le hizo entonces merced de los diezmos de la nueva villa cristiana y su
término. Por su parte, el rey Enrique IV de Castilla le confirmó su señorío.
El referido monarca castellano concedió por real cédula dad en Vitoria el 24 de marzo de
1457, licencia para instituir mayorazgo. Y el maestre lo fundó en cabeza de su hijo primogénito
Alfonso Téllez Girón, comprendiendo en el mismo otras poblaciones, la antigua villa de Osuna, la
fortaleza de Cazalla, la de Morón, Arahal, Olvera, Archidona, Orbejícar y el lugar de Gelves.
Además integraba el patrimonio del mayorazgo los castillos, fortalezas, lugares, tierras, términos,
señoríos, justicia, jurisdicción civil y criminal, vasallos, rentas, pechos y derechos, más las
fortalezas y justicia de Carmona. Dentro de esta jurisdicción estaba, a partir del citado año de
1457, la hacienda de Lantejuela.
En 1577, Jerónimo de Gudiel en su “Compendio de algunas historias de España, donde se
trata muchas antigüedades dignas de memoria y en especial se da noticia de la antigua familia de
los Girones y de otros muchos linajes”, (4) cita el donadío de Lantejuela, como uno de los
Señoríos dependientes del estado-ducado de Osuna.
En 1746 Antonio García de Córdoba, en un códice manuscrito que se conserva en el archivo de
la clausura del monasterio de la Encarnación de Osuna y que titula “Historia, antigüedad y
excelencias de la villa de Osuna”, (5) menciona Lantejuela, como una de las tierras
pertenecientes al señorío del duque de Osuna.
Finalmente, en un artículo publicado en 1930, por el profesor Lasso de la Vega y López de
Tejada, marques de Saltillo, quedó suficientemente demostrado que Lantejuela perteneció al ducado
de Osuna, como finca de campo, hasta la ley de extinción de los señoríos jurisdiccionales; ya que
con posterioridad a dicha ley pasó a ser aldea dependiente del municipio ursaonense, libre del yugo
señorial. (6)
La Aldea
Según las actas de cabildo del Ayuntamiento de Osuna, que menciona Pou Díaz,
“Lantejuela fue a comienzos del siglo XIX una aldea fusionado con el municipio de Osuna, la
cual se constituyó en Ayuntamiento independiente hacia los años 1830 a 1841”. Este mismo
autor añade: “Según las actas del Archivo Municipal de Osuna, la primera sesión del
Ayuntamiento de Lantejuela se celebró el 14 de febrero de 1842”. (7)
Confirman estas noticias los documentos encontrados por el autor de la presente Memoria
Histórica, en el Archivo Histórico Nacional, de Madrid. En la sección de Sigilografía, hay un
informe remitido por el alcalde de Lantejuela, D. Francisco J. Baeza, el 15 de septiembre de 1876,
cuya fotocopia se adjunta a esta Memoria, a manera de APENDICE, al final del presente texto. El
documento dice así: “Este sello municipal de Lantejuela estuvo en uso desde el años 1835, en
que dejó este pueblo de ser aldea a de la Villa de Osuna, hasta el año 1857”. A continuación
añade: “Este otro sello se está usando desde 1857 hasta al fecha. (1876). No se ha usado en
esta localidad timbre de clase alguna. Lantejuela, 15 de septiembre de 1876. El alcalde: Francisco
J. Baeza” (rubricado) (8).
La Impronta
Según el documento que acabamos de mencionar, existe en el Archivo Histórico Nacional, tanto
en la etapa 1835-1857, como en el período 1857-1876, la impronta o sello usado se limita a reflejar
el nombre de la aldea. En el primer período el sello municipal es sólo un ovalo, dentro del cual se
expresa el voblablo Lantejvela (sic). En la segunda etapa el texto es más explícito. La rotulación
dice así: Alcaldía Constitucional. Lantejuela”. Va colocada la leyenda en el exterior de un
óvalo.
Conclusiones
Por todo lo que antecede se deducen las siguientes conclusiones:
1ª- A tenor del artículo 302 del vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y régimen
jurídico de las Corporaciones Locales, se aconseja al Ayuntamiento actual de Lantejuela, que
proceda a la creación de sus armas, de las que siempre ha carecido.
2ª- Es criterio mantenido por la Real Academia de la Historia, que cuando una ciudad o villa
haya estado sometida a un Señorío a un determinado linaje, sean las Armas de éste, las que de
manera preferente deben constituir el blasón del municipio respectivo. Pero en el caso que nos
ocupa, el Ayuntamiento de Lantejuela esta libre de esta subordinación heráldica, ya que si bien las
tierras de este municipio fueron propiedad de los duques de Osuna, esta población, tanto en el
período de fusión con el municipio de Osuna, como en la etapa independiente, nunca perteneció a la
familia Téllez-Girón, por estar ala sazón vigente la Ley de Extinción de Señoríos
Jurisdiccionales.
3ª- Este vacío de símbolo señorial puede sustituirse, como de hecho se ha venido haciendo de
forma tradicional en otras villas andaluzas, con las Armas representativas del propio nombre de la
población. En este caso sería la laminilla de oro, con un orificio en su centro, representación
gráfica de lantejuela o lentejuela.
4ª- Estas armas deben ser incrementadas por otro cuartel privado, que exprese un símbolo
agrícola, ganadero o industrial de Lantejuela, como es preceptivo en Heráldica Municipal. El
exponente entiende que nada mejor para ser representada en este cuartel segundo, que la figura de
una perdiz, ave que se cría en las mejores condiciones y en abundancia en el término de Lantejuela,
desde tiempo inmemorial.
5ª- Los esmaltes y metales de la Armería reseñada deberán ajustarse a las vigentes leyes
heráldicas. Así, en el primer cuartel iría constituido por un campo de sinople (verde) con una
lenteja de oro. El verde simbolizaría la fertilidad del término de Lantejuela y su espléndida
vegetación, a la vez que supone un recuerdo del color predominante en la bandera Andaluza. En el
segundo cuartel el esmalte blanco de plata es alegoría del color del caserío de Lantejuela y al
mismo tiempo evoca uno de los colores de la enseña ente público autónomo.
6ª- La corona real cerrada, queda justificada como timbre, por estar actualmente constituida
en Reino y al frente de ella un Rey.
Por todo lo dicho se deduce aconsejable que el Ayuntamiento de Lantejuela, instruya el
expediente reglamentario , para crear un escudo heráldico municipal, ante la Consejería de
Gobernación, de la Junta de Andalucía, órgano al que le han sido trasferidas por el Gobierno del
Estado Español las facultadas necesarias, según prescribe el artículo único del decreto de 14/1984,
de 18 de enero, en relación con la norma 3.1 de las aprobadas por el Real Decreto 3.315/1983, de 20
de julio, de la Presidencia de Gobierno.