Beca 6000

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Beca 6000

03/01/2022

Abierto plazo solicitud Beca 6000

Abierto plazo de solicitud Beca 6000 hasta el 24 de enero.

 

1. ¿Qué es la BECA 6000 y a quiénes va dirigida? 

La BECA 6000 es una beca que aspira a facilitar la permanencia en el sistema educativo, al término de la ESO, al alumnado que va a cursar Bachillerato y Ciclos Formativos de Grado Medio de Formación Profesional en la modalidad presencial y que pertenece a familias con mayores dificultades económicas.

La BECA 6000 está destinada al alumnado que, tras culminar con éxito su etapa en la Educación Secundaria Obligatoria, opta por permanecer en el sistema educativo, matriculándose de primer curso de Bachillerato o de un Ciclo Formativo de Grado Medio. Igualmente se dirige al alumnado que promociona al segundo curso de Bachillerato y de Ciclo Formativo de Grado Medio (incluyéndose el período de Formación en Centros de Trabajo).

 

2. ¿Cuáles son los requisitos a cumplir?   

Para ser persona beneficiaria de la BECA 6000 es preciso reunir los siguientes requisitos:

a) Participar en la convocatoria general de becas y ayudas al estudio reguladas en el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.

b) Pertenecer a una familia en la que todos los miembros de la unidad familiar estén empadronados en un Municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, conforme al artículo 3.3 del Decreto 137/2002, de 30 de abril.

c) Reunir los requisitos específicos para ser beneficiario de la cuantía fija ligada a la renta de las becas y ayudas al estudio en las enseñanzas posobligatorias de la convocatoria general del Ministerio competente en materia de educación.

d) No estar en posesión ni reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al de Bachillerato o técnico de cualquier profesión.

d) Haber cumplido la edad legalmente establecida para trabajar antes del 1 de enero del año en el que finalice el curso escolar para el que solicitan la beca.

e) En el caso del alumnado de primer curso de bachillerato o ciclo formativo de grado medio de formación profesional
inicial, este deberá haber cursado los estudios de educación secundaria obligatoria en régimen ordinario y haber obtenido el título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria en el curso inmediatamente anterior a la participación en la convocatoria correspondiente.

f) En el caso del alumnado de renovación de la beca, haber obtenido evaluación positiva en todas las materias del
curso anterior.

g) Estar matriculado del curso completo en las enseñanzas de Bachillerato o Ciclo Formativo de Grado Medio de Formación Profesional en un centro docente de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cursando estas enseñanzas en la modalidad presencial, quedando excluido del ámbito de aplicación de esta Orden el alumnado que curse estas enseñanzas en la modalidad de educación de personas adultas.

h) Haber cumplido la edad legalmente establecida para trabajar antes del 1 de enero del año en que finalice el curso académico para el que se solicita la beca. No obstante, el alumnado con diagnóstico de altas capacidades intelectuales que finalice la Educación Secundaria Obligatoria con una edad inferior a la establecida con carácter ordinario, fruto de haber flexibilizado la duración del periodo de escolarización obligatoria, podrá acogerse a la convocatoria de la BECA 6000, siempre que cumpla los requisitos de carácter económico y académico establecidos en esta Orden.

i) Tener una renta y patrimonio familiar que no superen los umbrales que se establezcan anualmente por el acto del órgano competente en materia de becas y ayudas que apruebe la convocatoria de esta beca.

j) No estar realizando actividad laboral alguna, por cuenta propia o ajena, ni estar inscrito como demandante de empleo, en cualquier oficina del Servicio Andaluz de Empleo.

Los requisitos señalados en el apartado anterior, deberán mantenerse durante todo el periodo que abarque el curso académico para el que se concede la bec.

 

3. ¿Dónde puedo consultar los umbrales de renta para solicitar la BECA 6000?

 

Número de miembros de la unidad familiar
Umbral
Un miembro
Hasta 1.981,00 euros


Dos miembros
Hasta 3.823,00 euros


Tres miembros
Hasta 5.571,50 euros


Cuatro miembros
Hasta 7.306,50 euros


Cinco miembros
Hasta 9.038,00 euros


Seis miembros
Hasta 10.731,50 euros


Siete miembros
Hasta 12.386,50 euros


Ocho miembros
Hasta 14.004,50 euros

 

4. ¿Puede la persona solicitante estar inscrita como demandante de empleo o trabajar?

 

Para ser beneficiario de la BECA 6000 no se puede estar realizando actividad laboral, por cuenta ajena o propia, ni estar inscrito como demandante de empleo en las oficinas del SAE, aunque sí se puede figurar como demandante de formación.

Este requisito deberá mantenerse durante todo el periodo que abarque el curso académico para el que se concede la beca.

 

Más información:

Sebastián López

Casa de la Juventud

C/ José Álvarez Quiros sn

Tlf 600449862

lantejuelajoven@hotmail.com