SUBVENCIONES A MUJERES Y EMPRESAS DE MUJERES POR EL I.A.M PARA EL FOMENTO Y LA MEJORA EMRPESARIAL.
a. Empresas de mujeres (propietarias al menos del 50% del capital) o empresarias autónomas
que tengan abierta sede social en Andalucía.
b. Mujeres que estén en fase de iniciar su proyecto de actividad autónoma o empresarial, en
Andalucía con el carácter de empresa de mujeres.
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES
1. Inversiones materiales:
o Gastos de acondicionamiento de local.
o Inversiones en bienes de equipo nuevos, instalaciones, mobiliario, equipos informáticos.
2. Inversiones inmateriales:
o Gastos de constitución: notaría, registros o gestoría, etc.
o Registro de patentes y marcas.
o Gastos de reforma y modernización dirigidas a la implantación de tecnologías y sistemas de
organización relativos a la mejora de los sistemas de gestión.
o Gastos derivados de la adquisición de software y aplicaciones informáticas necesarias para el
ejercicio de la actividad.
o Planes de prevención de Riesgos Laborales, de igualdad y sistemas de calidad.
o Diseño de imagen corporativa, marcas, anagramas, catálogos y logotipos de los productos,
incluidos soportes telemáticos.
o Gastos derivados de la puesta en marcha de un Plan de comercialización de la empresa en las
siguientes acciones: nuevas tecnologías (campañas publicidad, páginas web), material gráfico
(folletos), y relaciones públicas (asistencia a ferias, mailing, material promocional)
o Gastos derivados de la asistencia técnica para la elaboración e implantación de los proyectos
que contribuyan a la generación de empleo, la estabilidad y el crecimiento de las empresas.
Se subvencionará hasta el 50% del presupuesto de la inversión. El abono de las subvenciones
concedidas se efectuará en un solo pago.
LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
Se recogerán solicitudes hasta el 24 de Febrero de 2010.
Agencia de Desarrollo.
P.I La fuentecilla.
C/ 1 de Mayo 22-A
Lorena Franco.
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Los proyectos a subvencionar no podrán haberse ejecutado antes de la solicitud de ayuda.
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Antes de la inversión la autoridad nacional competente debe confirmar por escrito que el proyecto,
en principio, puede recibir la ayuda.
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Las inversiones realizadas deberán mantenerse, en el establecimiento, al menos tres años.
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El plazo de ejecución de las actividades subvencionadas concluirá el 31 de diciembre de 2008 y su
justificación 3 meses después, con fecha límite del 31 de marzo de 2009.
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El grado de cumplimiento de anteriores subvenciones concedidas por el Instituto Andaluz de la Mujer.
Se valorará hasta un 20%.
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Viabilidad técnica, económica y financiera de los proyectos presentados. Se valorará hasta un 20%.
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Coherencia del proyecto. Se evaluará la memoria descriptiva de la actividad, así como la concreción
y definición de las actuaciones planteadas y los recursos y experiencia. Se valorará hasta un 20%.
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Carácter innovador del proyecto y su aportación a las Nuevas Tecnologías. Se valorará hasta un 20%.
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Planes de Igualdad de oportunidades. Se valorarán hasta un 10%.
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La inclusión del proyecto en acuerdos o planes sectoriales de adaptación ambiental. Se valorará
hasta un 10%.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
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Impreso de solicitud.
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DNI del solicitante.
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Tarjeta de Identificación Fiscal (CIF) de la empresa.
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Escritura de constitución registrada.
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DNI y Poder del representante legal.
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En caso de Sociedades Civiles y Comunidades de Bienes, CIF de la entidad y el DNI de los
integrantes. Toda la documentación que presenten debe ir firmada por todos los integrantes.
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Certificado de la entidad bancaria de la titularidad de la cuenta.
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Memoria descriptiva de la actividad.
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Presupuesto desglosado.
ORGANISMO RESPONSABLE Y TEXTO LEGAL