Becas de perfeccionamiento técnico-profesional en el ámbito de las estadísticas agroalimentarias para ingenieros agrónomos o titulados con el máster en ingeniería agronómica y licenciados o graduados en Veterinaria.

Becas de perfeccionamiento técnico-profesional en el ámbito de las estadísticas agroalimentarias para ingenieros agrónomos o titulados con el máster en ingeniería agronómica y licenciados o graduados en Veterinaria.

09/09/2015 - 09/09/2015

El objeto de la presente orden son las bases reguladoras para la concesión de El objeto de la presente orden son las bases reguladoras para la concesión de becas de perfeccionamiento técnico-profesional en el ámbito de las estadísticas agroalimentarias para ingenieros agrónomos o titulados con el máster en ingeniería agronómica y licenciados o graduados en Veterinaria, en régimen de concurrencia competitiva., en régimen de concurrencia competitiva.

El número de becas se establecerá en cada convocatoria en función de la disponibilidad presupuestaria del ejercicio correspondiente.

Podrán ser beneficiarios de las becas aquellas personas físicas con plena capacidad de obrar que reúnan las siguientes condiciones: a) Tener nacionalidad española o ser nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea. b) Estar en posesión de la titulación requerida al tiempo de presentar la solicitud de participación, obtenida en el año de la convocatoria o en los dos años previos a la misma. c) Dominio del idioma español. Sólo requerirá de prueba documental en los casos en que se trate de candidatos no españoles y que lleven residiendo en España por un periodo inferior a dos años. d) Los títulos universitarios obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar homologados o reconocidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y producir plenos efectos jurídicos en la fecha de presentación de la solicitud. e) Manejo a nivel de usuario de los programas informáticos de tratamiento de texto, hoja de cálculo, bases de datos y presentaciones. f) Conocimientos de inglés. g) Tener menos de 30 años el día de la publicación de la convocatoria. h) No incurrir en ninguna de las causas de prohibición previstas en artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.»

 

Más información en Orden AAA/1823/2015, de 2 de septiembre, por la que se modifica la Orden APA/693/2007, de 14 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación para titulados superiores, en el ámbito de las estadísticas agroalimentarias y la planificación económica y coordinación institucional.